Chile - Hidraysén consigue aprobación en dividido fallo de la Corte Suprema
Miércoles 4 de abril 2012 15:39 hrs.
Ministro que falló a favor de Hidroaysén posee 96 millones en acciones de Endesa
Fuente: radio.uchile.cl
La tercera sala de la Corte Suprema falló en contra de los recursos de
protección que pretendían paralizar el proyecto energético de Hidroaysén,
ratificando que la Corema de la región no actuó arbitrariamente cuando falló a
su favor. El dictamen quedó en entredicho, cuando se conoció que uno de los
ministros que rechazó la acción cautelar, Pedro Pierry, posee más de mil
acciones en Endesa, una de las empresas impulsoras de las centrales.
En fallo dividido, tres contra dos, la Corte Suprema rechazó los recursos de
protección interpuestos por organizaciones ambientalistas más el senador RN
Antonio Horvath para paralizar el proyecto Hidroaysén. Los jueces del máximo
tribunal ratificaron que la Corema de Aysén no actuó de manera arbitraria cuando
calificó de manera favorable la construcción de la central.
El dictamen generó inmediatas reacciones en las organizaciones ambientalistas que rechazan la construcción del proyecto, como Greenpeace, desde la que su director ejecutivo, Matías Asún, aseguró que “seguiremos movilizándonos junto a miles de chilenos”, pues “más allá de este fallo de la Suprema, la convicción y las energías para parar Hidroaysén están intactas”.
Sin embargo, la desilusión de los ambientalistas se convirtió en rabia cuando se conoció que uno de los ministros de la corte que rechazó la acción cautelar, Pedro Pierry Arrau, posee más de 96 millones de acciones en Endesa, uno de las empresas impulsoras de Hidroaysén. Así lo confirma la declaración de intereses de Perry ante el Poder Judicial, donde se detalla que el ministro posee 109.840 acciones en Endesa S.A desde 1988.
En la tercera edición de Radioanálisis de nuestra emisora, Patricio Segura, de Patagonia sin Represas, indicó al respecto que, si bien, el ministro del tribunal actuó bajo el margen de la ley, “no es prudente, porque si fuera que nos rigiéramos solamente por los temas legales, dejemos la ética de lado. Él se debió haber invalidado producto de ésta situación que le resta bastante legitimidad a la decisión que se tomó en fallo dividido”.
El vocero del movimiento Social por Aysén, Iván Fuentes, también se refirió al polémico dictamen de la corte y el conflicto de interés del juez Perry, afirmando que “hoy más que nunca se hace necesaria una consulta ciudadana sobre las represas de la Patagonia, recordando que una de las demandas de los aiseninos es justamente un plebiscito vinculante sobre los proyectos energéticos de Hidroaysén y Energía Austral.
En tanto, el diputado PS Fidel Espinoza aseguró que el ministro Pierry debiese ser acusado constitucionalmente “lo que corresponde es que haya un recurso de casación, por parte de las personas que se han visto afectadas por esta resolución, con el propósito de buscar la invalidación de este fallo, que está absolutamente viciado, desde el momento que un juez de la República tiene intereses en una materia que tiene una estrecha vinculación con el proyecto al que le acaba de dar luz verde”.
Pese a ello, a través de un comunicado de prensa, Pedro Pierry se defendió de las acusaciones, sosteniendo que su participación accionaria en Endesa no es causal de inhabilidad para resolver sobre los recursos de protección presentados en contra de Hidroaysén. El juez citó el numeral 18 del artículo 196 del Código Orgánico, donde se indica que “no constituirá causal de recusación la circunstancia de que una de las partes fuere de una sociedad anónima abierta”.
El dictamen generó inmediatas reacciones en las organizaciones ambientalistas que rechazan la construcción del proyecto, como Greenpeace, desde la que su director ejecutivo, Matías Asún, aseguró que “seguiremos movilizándonos junto a miles de chilenos”, pues “más allá de este fallo de la Suprema, la convicción y las energías para parar Hidroaysén están intactas”.
Sin embargo, la desilusión de los ambientalistas se convirtió en rabia cuando se conoció que uno de los ministros de la corte que rechazó la acción cautelar, Pedro Pierry Arrau, posee más de 96 millones de acciones en Endesa, uno de las empresas impulsoras de Hidroaysén. Así lo confirma la declaración de intereses de Perry ante el Poder Judicial, donde se detalla que el ministro posee 109.840 acciones en Endesa S.A desde 1988.
En la tercera edición de Radioanálisis de nuestra emisora, Patricio Segura, de Patagonia sin Represas, indicó al respecto que, si bien, el ministro del tribunal actuó bajo el margen de la ley, “no es prudente, porque si fuera que nos rigiéramos solamente por los temas legales, dejemos la ética de lado. Él se debió haber invalidado producto de ésta situación que le resta bastante legitimidad a la decisión que se tomó en fallo dividido”.
El vocero del movimiento Social por Aysén, Iván Fuentes, también se refirió al polémico dictamen de la corte y el conflicto de interés del juez Perry, afirmando que “hoy más que nunca se hace necesaria una consulta ciudadana sobre las represas de la Patagonia, recordando que una de las demandas de los aiseninos es justamente un plebiscito vinculante sobre los proyectos energéticos de Hidroaysén y Energía Austral.
En tanto, el diputado PS Fidel Espinoza aseguró que el ministro Pierry debiese ser acusado constitucionalmente “lo que corresponde es que haya un recurso de casación, por parte de las personas que se han visto afectadas por esta resolución, con el propósito de buscar la invalidación de este fallo, que está absolutamente viciado, desde el momento que un juez de la República tiene intereses en una materia que tiene una estrecha vinculación con el proyecto al que le acaba de dar luz verde”.
Pese a ello, a través de un comunicado de prensa, Pedro Pierry se defendió de las acusaciones, sosteniendo que su participación accionaria en Endesa no es causal de inhabilidad para resolver sobre los recursos de protección presentados en contra de Hidroaysén. El juez citó el numeral 18 del artículo 196 del Código Orgánico, donde se indica que “no constituirá causal de recusación la circunstancia de que una de las partes fuere de una sociedad anónima abierta”.
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